Provincia

Legislación

Ordenanza Trenel

Los envases de los productos aplicados, inmediatamente luego de ser utilizados, deben someterse a la técnica de triple lavado y corte o perforado en el fondo.
Se prohíbe dentro de las Zonas de Resguardo Ambiental Urbana y Suburbana el descarte, abandono e incineración de los envases de productos agroquímicos, plaguicidas y cualquier producto químico o biológico. Los envases plásticos de tales productos deberán entregarse para su reciclado a personas, empresas u organismos debidamente autorizados para este tipo de tareas que otorguen certificado de disposición final. Los envases que no se reciclen, como así también los envases con productos vencidos, deben disponerse como residuos especiales y ser recolectados por empresas u organismos autorizados para tal fin.