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Legislación

Ordenanza Nº 12316/11

La Ordenanza Nº 12316 del año 2011, prohí­be en su Art. 5 dentro del “Área Total” aludida en el artículo 1º, el descarte o abandono de envases de cualquier producto quí­mico o biológico, de uso agropecuario y/o forestal y de cualquier otro elemento usado en aplicaciones agrícolas y/o urbanas, o en aplicaciones de fertilizantes o enmiendas, salvo en los lugares de acopio habilitados para tal fin.