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Ordenanza Nº 5157/2021

La Ordenanza N º5157/2021 define a los feed lot como el sistema intensivo de producción de animales bovinos, bubalinos, caprinos y ovinos, en confinamiento con propósitos productivos, cría o engorde, a través del suministro de alimentación directa en forma permanente e ininterrumpidamente sin tener acceso a pastoreo directo y voluntario durante toda la estadía. Ecluye a los encierres transitorios realizados para promover destetes anticipados, por cuestiones de emergencias climáticas, sanitarias y otros que haya determinado y certificado la Autoridad de Aplicación provincial.

Determina que los establecimientos de feed lot, tanto instalados como a instalarse, no podrán funcionar sin la previa habilitación por parte de la Autoridad de Aplicación provincial y la aprobación del estudio de Impacto Ambiental otorgado por la Autoridad Ambiental competente de la provincial.

Fija además una distancia de 3.500 metros, como el límite mínimo que deberá mantenrse de los cascos urbanos,  para la instalación de feedlot.  Dicha distancia debe computarse desde ambos limites exteriores.