Legislación
Disposición 4/96
La Disposición 4 establece en su Anexo II la Tabla de Parámetros y sus Límites Permisibles de Vuelco en los distintos cuerpos receptores.
Es de aplicación a todos aquellos establecimientos industriales y/o especiales, comerciales, particulares o estatales que produzcan, en forma continua o discontinúa, vertidos residuales o barros originados por la depuración de aquellos, a conductos cloacales, pluviales o a todo cuerpo de agua salada o dulce, superficial o subterránea, incluyendo las costas y riberas dentro de la jurisdicción de la Provincia.
La Disposición amplía su aplicación a toda persona física o jurídica, que vuelque sus desechos en cuerpos receptores hídricos de la Provincia.
Es de aplicación a todos aquellos establecimientos industriales y/o especiales, comerciales, particulares o estatales que produzcan, en forma continua o discontinúa, vertidos residuales o barros originados por la depuración de aquellos, a conductos cloacales, pluviales o a todo cuerpo de agua salada o dulce, superficial o subterránea, incluyendo las costas y riberas dentro de la jurisdicción de la Provincia.
La Disposición amplía su aplicación a toda persona física o jurídica, que vuelque sus desechos en cuerpos receptores hídricos de la Provincia.