Legislación
Ley 3288/20 y Disposición 18/19
La Ley 3288 (2020) establece que toda adquisición y/o ingreso, en el ámbito de la provincia de La Pampa, de los productos que no sean de venta libre, por parte de usuarios y/o aplicadores, deberá encontrarse debidamente documentada bajo la receta de compra. Toda adquisición, comercialización y traslado de productos plaguicidas deberán encontrarse debidamente documentados en un remito.A su vez, todo uso y aplicación de los productos plaguicidas y demás productos de uso rural, deberá contar receta suscripta por el asesor técnico, la cual deberá contener y especificar los requisitos que determine oportunamente la Autoridad de Aplicación.
La Ley prohíbe la aplicación aérea de plaguicidas en áreas urbanas y a una distancia de 3000 metros y la aplicación terrestre a una distancia de 500 metros, contados desde el limite de finalización de dicha área, en el área periurbana, en área protegidas y sobre cursos y cuerpos de agua salvo las autorizadas de manera expresa por la comisión interdisciplinaria creada en el Capitulo IV de la Ley.
Se establece un área seguida de la de restricción en la que se puede aplicar bajo determinadas condiciones. Así podrán realizarse aplicaciones terrestres por 2500 metros y a partir del límite de 500 metros de exclusión, bajo receta agronómica, con autorización por escrito de autoridad municipal o Comisión de Fomento competente y posterior contralor, requiriéndose la presencia del asesor técnico particular al momento de la aplicación.
La Disposición Nº 18/19 de la Dirección de Agricultura, dependiente del Ministerio de la Producción, prohíbe la comercialización, aplicación y almacenamiento en todo el territorio pampeano del herbicida 2,4-D en su formulación éter butílico e isobutílico. La decisión fue publicada en el Boletín Oficial el 10 de mayo de 2019 y entra en vigencia tres meses después de dicha publicación, con lo cual a partir del 10 de agosto, quedará prohibido el uso de este producto.
Asimismo, restringe el uso y/o aplicación bajo cualquier modalidad (aérea, terrestre o manual) de los herbicidas 2,4-D en su formulación como ácido al 30%, durante el periodo comprendido entre el 1.º de octubre y el 31 de marzo de cada año.
