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Legislación

No se ha podido acceder a la ordenanza que prohibir­á en todo el ejido de la ciudad (y a unos 500 metros) las pulverizaciones (aéreas y terrestres) de plaguicidas, agrotóxicos y/o biocidas químicos y/o biológicos, con destino al uso agropecuario en el control de insectos y/o ácaros y/u hongos y/o plantas silvestres, de interés agrícola y/o forestal, cualquiera sea el producto activo o formulado así como sus dosis.
La Ordenanza N° 01/2018 establece la suspensión por dos meses de toda pulverización aérea, terrestre autopropulsada o de arrastres en el área urbana e intersticio urbano.