Provincia
Municipio

En Autos Rosso, Ximena C/ Haberkorn, César Gabriel, Roskopf, Sonia, Superior Gobierno de la provincia de Entre Ríos y Comuna Colonia Ensayo S/ Acción de Amparo Ambiental” (Expte. nº 1869), el 12 de diciembre de 2023 la Sala Segunda de la Cámara Tercera Laboral resolvió hacer parcialmente lugar al amparo y consecuentemente decretar la inconstitucionalidad de Resoluciones N° 47/04, y  N° 49/04 de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios y Recursos Naturales de la provincia de Entre Ríos.

Las normas declaradas inconstitucionales limitan la aplicación de agroquímicos a una distancia de 50 metros de lugares próximos a caseríos lindantes a lotes de uso productivo y a cursos de agua permanente. Cuando la aplicación sea por medio aéreo la distancia de seguridad establecida es de 100 m. entre la vivienda y el curso de agua y/o el cultivo.

Así, para las pulverizaciones con agroquímicos que se efectúen en las adyacencias del lote denominado “Tierra Alta I” ubicado en Colonia Ensayo Departamento Diamante, la distancia que debe observarse por los demandados, es la la establecida en las previsiones ínsitas en los artículos 2°, 3° y 4° del Decreto 2239/19, computándose la zona de exclusión desde el límite de la superficie del aludido predio. Ello, hasta que “el Poder Legislativo de la Provincia de Entre Ríos aborde esta cuestión, a través del dictado de la Ley que corresponda”.

El Superior Tribunal de la Provincia, en resolución del 6 de marzo de 2024 establece hacer lugar al recurso de la actora y ordenar el cese inmediato de las fumigaciones y/o pulverizaciones por medios terrestres a una distancia menor de 1095 metros a contar desde los límites de los loteos Tierra Alta I, Tierra alta II, Tierra alta III, hasta tanto se efectúen estudios de rigor por parte del Estado Provincial y se dicte la normativa pertinente, que resguarde eficazmente -luego de los estudios científicos de rigor que corresponda- el derecho a la salud de las personas y al medio ambiente sano y sustentable.