Legislación
La Ordenanza 752/08 adhiere a la Ley 9164 y su decreto reglamentario.
Establece zonas de control de aplicación. Dentro de esa zona prohíbe la aplicación aérea.
Prohíbe dentro de los 150 mts. lineales contados a partir de la última vivienda aplicaciones con productos clase toxicológicas Ia, Ib, II y ningún tipo de insecticida a excepción de Bacilus Thuringiensis.
Establece una serie de requisitos para los productores ubicados dentro de la zona de control de aplicación.
Regula Depósito de agroquímicos según CASAFE.
