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Ordenanza Nº 1185/2013 

La Ordenanza 1185/2013 crea una “Zona de protección Ambiental” conformada por los Centros Poblados y una “Zona de Amortiguamiento” que se encuentra conformada por las “áeas prohibidas” y “áreas condicionadas”.

Se prohíbe la aplicación de agroquímicos y plaguicidas en la Zona de protección Ambiental y en las “áreas prohibidas”.

En las “áreas condicionadas” sólo podrán aplicarse productos clase III y IV según clasificación de SENASA.  Se deberán utilizar las mezclas aprobadas or SENASA , receta fitosnatiaria de aplicación prescripta or ingeniero agronómo habilitado, quién deberá verificar las  condiciones meterorologicas, tecnología de aplicación y dar preaviso 48 horas antes de la aplicación.

Para el caso de aplicaciones aéras se establce una zona de no aplicación de 2000 metros, conforme normativa Provincial.

En el caso de establecimientos educativos, deberá dejarse un área de 200 metros libre de aplicación. El tratamiento fuera de esa área deberá realizarse feriados, sábados o domingos, con previo aviso al establecimiento.

En el Anexo 1 se acomaña mapa con la delimitación de las zonas de la localidad de Pellegrini, en el Anexo 2 de Bary, y en el Anexo 3 de Bocayuva.