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Ordenanza Nº 041/20

La Ordenanza Nº 041/20 prohíbe  la aplicación de productos agroquímicos y/o plaguicidas en el área urbanizada de la ciudad de Castelli. Las aplicaciones terrestres de productos agroquímicos y/o plaguicidas realizadas con equipos autopropulsados y/o de arrastre, deben efectuarse a partir de los mil metros (1000 m) del perímetro del área urbanizada.

Se prohíbe aplicar productos agroquímicos y/o plaguicidas en el Parque comarcal ubicado en el área que rodea la laguna La Rosita, de la ciudad de Castelli
Las aplicaciones terrestres de productos agroquímicos y/o plaguicidas realizadas con equipos autopropulsados y/o de arrastre, deben efectuarse a partir de los mil metros (1000 m) del límite externo del parque comarcal.