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Legislación

Resolución ACUMAR 01/2007

La Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) estableció los límites admisibles para la descarga de efluentes líquidos en el ámbito de la cuenca Matanza Riachuelo (Ciudad de Buenos Aires y los municipios de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente y General Las Heras).
 
La norma fue aprobada por Resolución ACUMAR 1/2007 y unifica los parámetros de descargas para efluentes líquidos para una jurisdicción compartida de la Nación, la Ciudad y la Provincia de Buenos.
 
El proceso constó en seleccionar de entre las normas vigentes, aquellos parámetros más idóneos para exigir unificadamente a nivel de la cuenca, en particular los más exigentes con la técnica de medición más representativa.
 
La norma tiene efecto sobre la totalidad de los cuerpos de agua de la cuenca Matanza Riachuelo (ríos, arroyos y cauces de la cuenca) sobre los que sólo podrán volcarse las sustancias y parámetros establecidos en la resolución mencionada.
 
Por Resolución ACUMAR 366/10 se considera como “Agente Contaminante” a todo establecimiento que se encuentre radicado en el ámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo, que generen emisiones gaseosas o residuos sólidos en contravención a la legislación aplicable o que no permitan preservar u alcanzar los objetivos de calidad fijados para los mismos, o que no cumplan con los límites establecidos en la Tabla Consolidada de Límites Admisibles para Descargas de Efluentes Líquidos establecidos por la Resolución ACUMAR Nº 1/2007.
 
Por Resolución ACUMAR 686/11: Todos aquellos establecimientos radicados en el ámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo que realicen vuelco discontinuo de sus efluentes líquidos quedan obligados a informar a la ACUMAR el día y la hora en la que se encuentra prevista la realización de cada vuelco, con una anticipación de por lo menos SETENTA Y DOS (72) horas hábiles previas a su inicio.
 
Norma:
Resolución ACUMAR 01/2007
Resolución ACUMAR  686/11
Resolución ACUMAR  366/2010