Provincia

Legislación

Ordenanza 3965/2013

El Art. 24 establece que todos los envases  vacíos de agroquí­micos y plaguicidas, deberán ser sometidos a tratamientos de descontaminación, según la Norma IRAM 12.069 (triple lavado y lavado a presión), el que deberá realizarse inmediatamente de agotado su contenido, de manera tal que el remanente sea vertido en el tanque de la máquina aplicadora para su utilización.

Prohíbe la incineración de los envases de productos agroquímicos y/o plaguicidas. Establece que los envases de productos agroquímicos y/o plaguicidas deben entregarse para su tratamiento final a empresas u organismos autorizados por OPDS, o por Ley Provincial de Residuos Especiales N° 11.720. Los envases con productos vencidos deben disponerse como residuos especiales y ser recolectados y/o entregados a empresas u organismos autorizados para tal fin, quienes deberán enviarlos a empresas de disposición final, para este í­tem el Municipio organizara o firmara convenio con dichas empresas u organismos.