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Ordenanza Nº 2127/2018

La Ordenanza Nº 2127/2018 adhiérase a la Ley 14.867 sobre establecimientos destinados al engorde intensivo de bovinos/ bubalinos a corral.

Además, establece 1.000 metros de distancia mínima para funcionar respecto de la planta urbana, suburbana y/o rural con asentamiento de población agrupada más cercana.